Qué derechos tengo con una minusvalia del 45

Qué derechos tengo con una minusvalia del 45

Posibilidades por invalidez del 45%

Desde el nivel de invalidez del 45%, puede elegir a la jubilación adelantada a los 56 años sin que ello afecte a la cuantía de su pensión. Para esto, ha de ser comprobable una reducción de la promesa de vida del entusiasmado.

Nivel de discapacidad

El nivel de discapacidad de un individuo se apoya en un porcentaje que valora la discapacidad física, psíquica o intelectual de un individuo aparte de los causantes sociales complementarios con relación a su ambiente familiar y su situación profesional, escolar y cultural, que complican su integración popular.

Este porcentaje se apoya en unos baremos descritos en el Anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, sobre el trámite para el reconocimiento, declaración y clasificación del nivel de discapacidad.

Qué discapacidades dejan la jubilación adelantada

Sólo algunas de las discapacidades reconocidas desde un nivel del 45 por ciento dan derecho a jubilarse antes de lograr la edad límite de 65 años. Las inhabilidades que no dan rincón a este derecho son ciertas y establecidas por la ley.

Hasta el día de hoy, el sistema de seguridad popular detalla las discapacidades que tienen la posibilidad de pedir la jubilación adelantada de la próxima forma:

Verificación del nivel de discapacidad

La resolución que establece el nivel de discapacidad establece un período para su verificación. El propósito de la verificación es corroborar o cambiar el nivel de discapacidad y, por consiguiente, las posibilidades socias. Asimismo puede conducir a su extinción.

La resolución va a deber saber el período de revisión si es previsible que las situaciones que brindaron rincón a la invalidez se estropeen o, por contra, logren ofrecer rincón a una optimización razonable.

Invalidez Cero, GRADO 1

No hay porcentaje de invalidez pues no hay restricciones para efectuar las tareas de la vida día tras día.

¿Se puede revisar el nivel de discapacidad?

Sí, un par de años tras la última resolución, si su situación cambió (deterioro o optimización) y se acompaña de los reportes que argumenten dicho cambio.

Asimismo se puede revisar el nivel de invalidez si tiene un intérvalo de tiempo de vigencia preciso, siempre y cuando se tarde menos de tres meses en cumplirlo.