Cuánto tarda la Generalitat en devolver la fianza

Cuánto tarda la Generalitat en devolver la fianza

Una vez extinguido el contrato de arrendamiento, el arrendador va a deber pedir la devolución de la fianza a INCASÒL, que procederá a la devolución en un período máximo de 21 días.

La ley de arrendamiento de ciudades vigente (LAU 1994) establece que en el momento en que se festeja el arrendamiento, el arrendatario está obligado a abonar y poner una fianza en efectivo semejante a un mes de alquiler en el arrendamiento, y 2 en el arrendamiento por algún otro empleo que no sea el residencial.

El software RAC1 “Tot és possible” se volvió a atraer por la opinión de Josep Maria Espinet Asensio, Letrado Jefe de ESPINET ADVOCATS, con la intención de conseguir la contestación mucho más clara y descriptiva viable a las cuestiones y inquietudes que elaboran la audiencia en el campo del derecho inmobiliario. En un caso así, el oyente preguntó si había obligación de devolver la garantía legal de los contratos de alquiler y qué llevar a cabo si el arrendador o dueño tenía la duda en devolverla.

El importe de la fianza

En lo que se refiere a la naturaleza de la fianza, va a ser obligación pedir una fianza al festejar un contrato de alquiler.

Este importe se ajusta a un mes de alquiler si hablamos de un apartamento y un par de meses de alquiler si hablamos de un arrendamiento no residencial (local, comercial o industrial).

Ámbito Mayoritario de Juzgados

Esta corriente piensa que el arrendador tiene un mes desde la transmisión de la propiedad del inmueble para devolver la fianza. A fines de este mes, sin reportar desperfectos ni proporciones adeudadas y sin devolver la fianza, el inquilino va a poder reclamarla judicialmente y comenzar a abonar los intereses.

“Por consiguiente, el cese de la obligación de devolver la fianza por la parte del arrendador no puede comprenderse producido con el lapso del período de un mes desde la extinción de la propiedad del piso por la parte del arrendatario en el instante de la presentación de la petición, según lo previo, existe la obligación de sostener la garantía del cumplimiento de las obligaciones de alquiler, a falta de acción por la parte del arrendatario, para pedir la devolución de la fianza hasta un mes tras la finalización del mismo. el arrendamiento y la devolución de las llaves, según con el producto 36.4 de la LAU,…”

¿Qué es la fianza del alquiler?

La fianza de alquiler es una garantía que pertenece a las reglas básicas de los contratos de arrendamiento de pisos que todos y cada uno de los inquilinos en España tienen la obligación de asumir, esta garantía corresponde cuando menos a un mes de alquiler y tiene por objeto resguardar al dueño del piso. caso de que el arrendatario prosiga pagando el alquiler fijado.

Para abonar la fianza del alquiler, el inquilino debe entregarla al dueño en efectivo. Este último, por consiguiente, lo consignará en el pertinente organismo oficial que designe cada red social autónoma.

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