¿Cómo se debe llamar a un policía?

¿Cómo se debe llamar a un policía?

Guayaquil.- La Policía Nacional atiende el 86% de las llamadas recibidas del ECU-911, el coronel Luis Herrera, coordinador policial de este Centro de Atención al Ciudadano, confirmó esta información de enero a agosto del año vigente se han recibido 518.435 llamadas. y la policía asistió a 392.933 de ellos.

En cumplimiento de un orden constitucional, la Policía Nacional reubicó todos y cada uno de los centros de comunicación policial y se incorporó al sistema que viene dentro de seguridad ECU-911. Desde allí regula y también interacciona con el resto de las instituciones gubernativos y ofrece acompañamiento oportuno a la ciudadanía.

De qué manera enseñar un reclamo

Los individuos tienen la posibilidad de enseñar protestas o recomendaciones contra la policía u otra agencia del gobierno en lo personal, por correo o electrónicamente.

Las protestas y recomendaciones que se muestren por e-mail o Internet van a deber firmarse con la firma electrónica del entusiasmado.

¿Todo incidente de tráfico necesita la existencia de la Guarda Civil o de la policía?

El primer punto a rememorar es que la policía no en todos los casos debe intervenir en el momento en que sucede un incidente de tráfico.

Los accidentes con daños materiales inferiores suceden en el momento en que las partes acuerdan, llenan un protocolo amistoso y lo mandan a la compañía de seguros. En un caso así, los trámites son veloces y la víctima va a recibir su indemnización en escaso tiempo.

6- La policía puede emplear la fuerza: Verdadero √

La policía puede utilizar la fuerza precisa siempre y cuando respete los principios de congruencia, proporcionalidad y ocasión. Generalmente, muchas son las personas que se resisten a la detención, con lo que no queda otra alternativa que usar la mínima fuerza física precisa. Además, en el momento en que nos oponemos al registro obligatorio de personas, es lícito: “realizar las medidas represivas rigurosamente primordiales, de conformidad con los principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.”

No está contraindicado fotografiar o tomar fotografías. Lo que sí puede prohibirse es la utilización de estas imágenes a través de su exhibición en sitios públicos, comunidades o internet, singularmente en el momento en que logren poner en riesgo la integridad física de los agentes de grabación o el operativo policial en curso.

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