Cómo sacar turno empadronamiento Barcelona

Cómo sacar turno empadronamiento Barcelona

  1. – Ir al Municipio de Barcelona o Delegación de Distrito (hay una oficina administrativa en todos y cada distrito de la región).
  2. – El segundo paso es soliciar cita anterior, llamando al 101 o en internet.

El censo es el acto de empadronamiento en el concejo de vivienda frecuente, que deja entablar que la persona tiene la cuenta de vecino de esa población, o sea, El registro comunal de Das es un archivo que deja perseverancia del hogar de tu vivienda en España.

Con lo que es un archivo esencial y preciso para acreditar el tiempo que has vivido en Barcelona y después llevar a cabo algunos trámites como extranjero (por servirnos de un ejemplo si deseas pedir el arraigo popular es obligación)

¿Por qué razón debo registrarme en una localidad?

Si bien este no es nuestro sitio de vivienda frecuente, si decidimos mudarnos a otra localidad en el transcurso de un largo intérvalo de tiempo de tiempo, es requisito anotarse en el Padrón Municipal. El padrón es un registro de los vecinos de un preciso concejo.

Este registro es mucho más que un fácil formulario estadístico, es indispensable para lograr favorecerse de una sucesión de servicios sociales que el Municipio, la Provincia y la Red social Autónoma proponen a sus conciudadanos:

Darse de alta en línea en Barcelona:

El Municipio de Barcelona dispone en su página web de un apartado de trámites de ciudadanos donde se puede ofrecer de alta en la Oficina de Registro de Habitantes de Barcelona, ​​que está designado a los ciudadanos que viven en la localidad o de otra red social de españa o extranjero que no esté empadronado pero radique en Barcelona.

  • Para efectuar el trámite on-line, acceda a trámites on line, escoja la casilla de ciudadano y para conseguir el censo sin certificado digital debe completar el formulario y también entrar los datos. El formulario de petición con todas y cada una de las normas sobre de qué forma seguir el trámite va a ser enviado a su dirección por correo.
  • Debe mandar por correo el formulario de petición firmado y documentado en el período de un mes desde la recepción del formulario de petición.
  • En el período de un mes vas a recibir un folleto de convivencia con tu alta en el Registro de Habitantes de Barcelona.

Se aproxima el día de la cita para inscribirme en Barcelona

Comienzo aclarando que a la cita NO debe ir quien nos dejó registrar o quien contrate, esto es, te puedes ir pero no es necesario Tiene sentido pues no es requisito 🙂

Llegamos diez minutos antes y nos estaban intentando encontrar en un formulario. Conque se encontraba mucho más inquieto que en el momento en que entré en España. Afortunadamente pasamos 2 minutos después y nos trataron súper bien. Examinaron todos y cada uno de los papeles, que detallo ahora. En nuestro caso, como comentamos previamente, nos registramos en una vivienda que está alquilada (no por nosotros), con lo que tomamos:

documentos de identidad

  1. documentos de adulto:
    1. Españoles: DNI o pasaporte
    2. Ciudadanos de la UE: Tarjeta de vivienda (NIE verde) o pasaporte/DNI de país de origen.
    3. Personas de otros países: tarjeta de vivienda o pasaporte.
  2. Documentos para inferiores:
    1. Españoles mayores de 14 años: DNI o pasaporte.
    2. Españoles inferiores de 14 años: libro de familia o partida de nacimiento y, en su caso, DNI o pasaporte.
    3. Extranjeros mayores de 14 años UE: tarjeta de vivienda, pasaporte o DNI del país de origen. Unicamente se admite si son ciudadanos de la UE y si la documentación del menor no tiene dentro todos y cada uno de los datos de los progenitores, hay que enseñar el libro de familia o partida de nacimiento y el pasaporte de los progenitores.
    4. Extranjeros inferiores de 14 años: libro de familia o partida de nacimiento y, en su caso, tarjeta de vivienda, pasaporte o cédula de identidad del país de origen. Se aplica solo a los ciudadanos de la UE.
  3. Documentación para personas autorizadas y entidades familiares:
    1. Autorización explícita para delegar el trámite.
    2. DNI o pasaporte de la persona autorizada.
    3. Fotocopia del DNI de la persona autorizada.
  4. Documentación para apoderados:
    1. Archivo legal para asumir la tutela legal o poder notarial.
    2. DNI de la persona autorizada.
    3. Fotocopia del DNI de la persona autorizada.
  1. Españoles: DNI o pasaporte
  2. Ciudadanos de la UE: Tarjeta de vivienda (NIE Verde), o pasaporte/DNI del país de origen .
  3. Personas de otros países: tarjeta de vivienda o pasaporte.

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