Cómo sacar cita en el Consulado español en Quito
Si tiene la documentación completa, por favor, SOLO escriba a [email protected] para pedir una cita.
* CONSULADO GENERAL DEL ECUADOR EN MADRID / Número de urgencia: (+34) 608 79 50 61
Preinscripción en: https://serviciows.cancilleria.gob.ec:444/ TurnosCancilleria /Home/ Áreas
Cita anterior en la Embajada de España en Ecuador
¿Precisas soliciar cita en la Embajada de España en Ecuador?
Ten en cuenta que para cualquier trámite a efectuar con la Embajada de España en Ecuador precisarás tu cédula de identidad, tu nombre y apellidos y los datos relacionados con el servicio consular que requieres.
Trámites para prolongar pasaporte en el extranjero
- Pedir cita en el consulado donde nos encontramos registrados. Puede conseguir listas de embajadas y consulados en el sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Asiste a la fecha y hora de la cita en el consulado pertinente.
- Completar la Petición Oficial y Tasa de Renovación de Pasaporte, redactar Consulado de España en ‘Pago representando a’ y nuestro nombre y firma en ‘Cliente, Firma del Emisor’.
- Abonar la tasa de renovación de pasaporte en efectivo (money order) y es requisito enseñar el DNI.
- Asimismo toman las huellas digitales de los dedos índices de las dos manos.
- Al final te dan nuestro pasaporte con comprobante de renovación. En el que te comunica sobre la duración del trámite, precisamente 3 o 4 semanas.
- Recopila el nuevo pasaporte en el momento en que llegues al consulado con el pasaporte caducado a fin de que te lo desactiven. Dar comprobante de renovación para inhabilitar el viejo y nos van a dar uno nuevo.
- Completar una hoja con nuestro nombre, firma y fecha con todo cuanto nos llega.
Descendientes mayores de 21 años y ascendentes
- Descendientes mayores de 21 años: partida de nacimiento original completa, emitida en los últimos 4 meses, legalizada por la oficina de registro y Apostilla del Ministerio de Relaciones Exteriores (solo para mayores de 21 años).
- Ascendencia: Partida de nacimiento de ciudadano UE-EEE.
- Prueba de que el solicitante de la visa es dependiente a nivel económico del ciudadano de la UE-EEE: remesas del último año; Certificado del SRI que acredite su registro como contribuyente o no, certificado del IESS que indique si recibe o no compensación por pensiones, montepío, jubilación; Declaración de Aporte del IESS; Extractos bancarios y extractos bancarios de los últimos seis meses del solicitante de la visa; Certificado inmobiliario emitido por el registro de la propiedad que muestre qué recursos inmuebles tiene.
- Acreditación de la dependencia, nivel de vínculo y, en su caso, la presencia de graves fundamentos de salud o invalidez o de convivencia.
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